¿Qué beneficios ofrece la Ley de Maquila en Guatemala y cómo acceder a ellos en 2026?
En un entorno económico cada vez más desafiante y globalizado, las empresas guatemaltecas buscan estrategias legales que les permitan reducir su carga tributaria, mantener márgenes competitivos y facilitar operaciones de exportación.
Una de las herramientas más poderosas —y aún poco aprovechadas— es la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila (Decreto 29-89).
Vigente en Guatemala desde hace más de tres décadas y actualizada por el Decreto 19-2016, esta ley ofrece beneficios fiscales significativos para empresas exportadoras y manufactureras, especialmente en sectores como textiles, alimentos procesados, cosméticos, dispositivos médicos, productos agrícolas y electrónicos ensamblados.
Beneficios fiscales del régimen de maquila
Las empresas inscritas bajo la Ley de Maquila pueden acceder a una serie de exoneraciones tributarias que representan una ventaja real frente a las que operan bajo el régimen general.
Entre los principales beneficios destacan:
1. Exoneración del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Las actividades calificadas como exportación gozan de exención total del ISR durante los primeros 10 años.
Al finalizar este período, se permite tributar con deducciones especiales sobre reinversión y empleos generados.
2. Exención de derechos arancelarios e IVA en importaciones
Las materias primas, maquinaria, empaques y herramientas necesarias para la producción están libres de arancel e IVA siempre que el producto final sea exportado fuera del país.
Esto mejora el flujo de caja y reduce los costos de operación desde el primer día.
3. Exoneración de timbres fiscales y tasas municipales
Durante hasta 10 años, los actos, contratos y documentos vinculados a la operación bajo maquila están exentos de impuestos de timbres fiscales y tasas municipales.
4. Acceso a regímenes aduaneros especiales
Las empresas pueden beneficiarse de procesos simplificados como transformación temporal, almacenaje y reexportación de mercancías extranjeras.
¿Qué tipo de empresas pueden aplicar al régimen de maquila?
El régimen no se limita a grandes industrias. PYMEs, cooperativas e inversionistas extranjeros pueden calificar si:
- Realizan actividades de producción, transformación, ensamblaje o empaque con fines de exportación.
- Están legalmente constituidas en Guatemala.
- Al menos el 80% de su producción se destina a exportación.
- No pertenecen a los sectores expresamente excluidos por ley.
Pasos para acceder a los beneficios en 2026
El proceso para ingresar al régimen sigue siendo administrativo, pero en 2026 el Ministerio de Economía (MINECO) ha anunciado mejoras en los tiempos de respuesta gracias a su nueva plataforma digital de tramitación electrónica.
📝 1. Preparación del expediente técnico
Incluye:
- Escritura de constitución de la empresa.
- Plan de exportación y estimación de empleos.
- Listado de maquinaria, insumos y valor agregado proyectado.
🗂 2. Solicitud ante el MINECO
Se presenta la solicitud de calificación ante la Dirección de Política Comercial Externa.
Actualmente el trámite puede tardar entre 30 y 45 días hábiles, dependiendo de la calidad del expediente.
✅ 3. Resolución ministerial
Una vez aprobada, el MINECO emite la resolución de calificación y la empresa puede operar formalmente bajo el régimen.
🧾 4. Notificación a SAT y Aduanas
Es indispensable notificar a las autoridades tributarias y aduaneras para aplicar correctamente las exoneraciones.
Preguntas frecuentes
❓ ¿Puedo aplicar si fabrico solo para el mercado local?
No. El régimen está destinado exclusivamente a la exportación. Las ventas locales tributan bajo el régimen normal.
❓ ¿Debo estar dentro de una zona franca?
No es obligatorio. Aunque muchas maquilas operan en ZOLIC u otras zonas francas, se puede aplicar desde cualquier ubicación en Guatemala si se cumplen los requisitos de exportación.
❓ ¿Cuánto tiempo dura el beneficio?
La exoneración del ISR se otorga por 10 años, mientras que los beneficios aduaneros e IVA se mantienen mientras la empresa continúe calificada.
Por qué la Ley de Maquila será clave en 2026
Durante 2026, el Gobierno de Guatemala busca consolidar su estrategia de atracción de inversión extranjera directa y reactivación industrial, con incentivos más agresivos para el sector exportador.
Entre las razones para aprovechar el régimen destacan:
- Nuevos tratados y facilidades logísticas con México y EE.UU.
- Digitalización de trámites ante MINECO y SAT.
- Oportunidad de relocalización industrial (nearshoring) de empresas que buscan salir de Asia.
- Posibilidad de acceso preferencial a financiamiento verde y sostenible.
En tiempos donde la eficiencia fiscal y la productividad definen la supervivencia empresarial, la Ley de Maquila representa una palanca estratégica para crecer y competir globalmente.
Concilia te acompaña en el proceso
En Concilia Guatemala, contamos con abogados tributarios y especialistas en incentivos fiscales que te ayudan a:
- Evaluar si tu empresa puede calificar al régimen.
- Preparar y presentar el expediente completo ante el MINECO.
- Implementar controles fiscales y contables que garanticen el cumplimiento legal.
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